Derecho Canónico
Tema: El derecho positivo y derecho
natural
Nombre: Karen Arcos
Que es el derecho natural?
El
Derecho Natural proviene de la ley natural (la cual es la participación en lo
que corresponde al hombre de la ley eterna, puesta por Dios en la naturaleza
del hombre, cuyos principios conocemos no por revelación directa de Dios, sino
por medio de nuestra razón, así la ley natural es el conjuntos de leyes
racionales que expresan el orden de las tendencias o inclinaciones naturales a
los fines propios del ser humano, aquel orden que es propio del hombre como
persona) y ordena la conducta en una criatura racional, esto porque lo que
manda o prohíbe lo hace en razón de la naturaleza del hombre. Esta visión del
Derecho Natural establece un vínculo entre el hombre y un ser supremo, que es
quien impone el Derecho Natural. Esta perspectiva afirma el Derecho Natural,
aun cuando se niegue la vinculación entre el hombre y Dios, al deducirse la
naturaleza racional del hombre, es decir, que el Derecho Natural ya no es
impuesto al hombre desde una instancia superior, sino que es inmanente a este,
fruto de su propia razón y conocimiento. Es importante no confundir el Derecho
Natural con la moral o con un código ideal de normas, ya que entonces no sería
Derecho, sino solo moral, y sus normas no serían jurídicas sino morales, y solo
existiría idealmente. El derecho natural, o ley natural, constituye por tanto
un ámbito totalmente Indiscutible. Las leyes inscritas en la naturaleza del
hombre deben entonces destacarse y reformularse en términos normativos, en
cuanto que son signos evidentes y manifestación clara de la voluntad creadora
de Dios.
Derecho
Positivo como el conjunto de normas que derivan de la costumbre o del Derecho
Consuetudinario, entre los juristas que comulgan con esta idea podemos
encontrar a García Máynez, la de los que se refieren al Derecho Positivo como
las normas jurídicas que han sido creadas para regular la conducta del hombre,
se encuentren vigentes o no, o como lo explica Ramírez Gronda en su Diccionario
Jurídico: “el Derecho Positivo es el sistema de normas jurídicas que regula
efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico”, lo
también quienes establecen simplemente que el Derecho Positivo es el conjunto
de normas jurídicas en vigor en un país. A pesar de esta diversidad de
opiniones en cuanto al Derecho Positivo.
De
acuerdo con los defensores del positivismo jurídico, sólo existe el derecho que
efectivamente se cumple en una determinada sociedad y una cierta época. Los
partidarios de otra doctrina aceptan la existencia de dos sistemas normativos
diversos, que, por su misma diversidad, pueden entrar en conflicto. El derecho
positivo es caracterizado atendiendo a su valor formal, sin tomar en
consideración la justicia o injusticia de su contenido. Su validez está
condicionada por la concurrencia de ciertos requisitos determinantes de su
vigencia. La terminología “derecho vigente” y “derecho positivo” son utilizados
por algunos juristas como sinónimos. Esta práctica no es correcta, ya que no
todo derecho vigente es positivo, como tampoco, todo derecho positivo es
vigente. La vigencia es un atributo puramente formal, el sello que el Estado
imprime a las reglas jurídicas consuetudinarias, jurisprudenciales o
legislativas sancionadas por aquél. La positividad es un hecho que estriba en
la observancia de cualquier precepto, vigente o no vigente.
Semejanzas y diferencias entre
derecho natural y derecho positivo
Diferencias
El
Derecho Natural es esencialmente justo, ya que, o es impuesto a nosotros por un
voluntad sobrehumana, o es inherente al hombre por naturaleza, la cual no es
sino un orden perfecto de las cosas, mientras que el Derecho Positivo, aunque
puede basarse en el Natural, puede errar y no ser completamente equitativo, por
ser una interpretación del hombre de lo que es justo.
El
Derecho Natural es por esencia justo, perfecto, el Derecho Positivo puede
equivocarse, es perfectible.
El
Derecho Natural posee eficacia y validez jurídica por ser intrínsecamente
justo, mientras que el Derecho Positivo necesita de una norma legal vigente
para tener validez.
Semejanzas
El
derecho natural es el derecho emanado de la doctrina que considera la
existencia de un ser superior que rige las relaciones humanas y del cual emanan
las normas básicas de la convivencia, quien tiene espíritu de justicia, aunque
este pensamiento no es compartido por todos los partidarios de la existencia de
un derecho natural, existe una corriente de pensamiento que considera que el
derecho natural procede de la misma naturaleza humana, que determina ciertas
normas básicas que son inmutables y que toda norma que no esté de acuerdo con
ella, resulta no aplicable en las relaciones sociales que existen entre cada
individuo que forman un sistema social y jurídico. .
El derecho positivo es el derecho vigente, es decir el que determina la legislación mediante normas emanadas de una autoridad competente.
En consecuencia, toda norma dictada por la autoridad, por más dura o injusta que parezca, debe acatarse, no reconociendo una superioridad mayor en el plexo normativo que aquella ley que se encuentra en la cúspide de la pirámide jurídica, o ley básica o primer ley, que para un país democrático seria la Constitución Nacional.
El derecho positivo es el derecho vigente, es decir el que determina la legislación mediante normas emanadas de una autoridad competente.
En consecuencia, toda norma dictada por la autoridad, por más dura o injusta que parezca, debe acatarse, no reconociendo una superioridad mayor en el plexo normativo que aquella ley que se encuentra en la cúspide de la pirámide jurídica, o ley básica o primer ley, que para un país democrático seria la Constitución Nacional.
Conclusión personal (los
dos derechos actúan individualmente o los dos se completan)
En cuanto al
derecho natural y positivo pienso que es necesario tomar el Derecho Natural
como base para evitar el fracaso total del sistema jurídico. Se debe tomar al Derecho Natural como elemento civilizador para fijar límites al legislador y
evitar caer en la barbarie jurídica del tirano, del dictador que solo toma en
cuenta su voluntad o la de su gabinete, sin tomar en cuenta la naturaleza de
las personas. Sin embargo, creo así como el Derecho Positivo necesita del
Derecho Natural para tomar sus fundamentos, el segundo necesita del primero
para obtener eficacia. Es importante no caer en el error de creer que
existiendo el Derecho Natural, no es necesario el Derecho Positivo. Hay
principios de conducta hacia el bien del hombre que son evidentes, como el no
matar, no robar, pero hay otros que no son de conocimiento inmediato y que
requieren la ayuda del conocimiento sensible y de la experiencia, es aquí donde
entra el Derecho Positivo.
Referencia:
MARTÍNEZ ESCALONA, GASPAR, ¿Qué funciones desempeña el Derecho? en el servicio TeleUned, sitio
http://www.teleuned.com/teleuned2001/html/
Recuperado el 11/04/2017 de:http://cursos.aiu.edu/Filosofia%20del%20Derecho/PDF/Tema%202.pdf
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